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Aprobado el nuevo proyecto de ley que modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad

Por Redacción - 17 Noviembre 2009

El Congreso de los Diputados aprobó hoy por unanimidad el proyecto de ley por el que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para mejorar la protección de los consumidores, que contempla entre otras cuestiones la prohibición del "spam" telefónico, la información comercial falsa y otras prácticas desleales.

El texto, que ha sido aprobado en la Comisión de Sanidad y Consumo con competencia legislativa y continuará ahora su tramitación en el Senado, trasladará al ordenamiento jurídico español dos disposiciones del Parlamento Europeo y del Consejo: la Directiva de 2005, relativa a prácticas comerciales desleales y la Directiva de 2006 sobre publicidad engañosa y publicidad comparativa.

De este modo, las actuaciones sancionables comprenden desde aquellas conductas "engañosas" que contengan información "falsa" a las que, aun siendo veraz por su contenido o presentación, puedan inducir a error a los destinatarios.

Además, se considera "desleal o engañoso" todo aquel comportamiento por parte de una empresa o vendedor que pueda "mermar de manera significativa" --mediante acoso, coacción, uso de la fuerza o influencia indebida-- afecte al comportamiento del consumidor a la hora de seleccionar un determinado servicio.

Entre las mejoras más aplaudidas por los grupos parlamentarios está la prohibición del conocido "spam" telefónico ya que, según explicó el diputado socialista Alberto Fidalgo, "el ciudadano podrá en la primera llamada negarse a que le vuelvan a llamar y la empresa tiene la obligación de registrar esta negativa y no volver a llamarle".

Asimismo, los vendedores no podrán aludir a situaciones personas ni "alegar que si no les compran algo les pueden echar de su trabajo", explicó Fidalgo a Europa Press, para coaccionar al consumidor y conseguir convencerle de un determinado producto.

Con la aprobación de la norma queda "taxativamente fijado" que en el momento de la venta o publicidad de un producto se debe ofrecer al consumidor "información clara, sin ocultar parte de la misma hasta el momento del contrato".

COMPETENCIA "DESLEAL" EN PUBLICIDAD

En el texto aprobado hoy por el Congreso queda también regulada la publicidad de las empresas y sus prácticas entre ellas, algo que, según la "popular" Dolors Nadal, también "favorece indirectamente" a los consumidores que "tienen la opción clara de poder elegir".

Entre estas prácticas, Fidalgo destacó que todas las empresas deberán dar información acreditada sobre los beneficios de sus productos "sin resaltar negativamente las cualidades de otras"

Asimismo, no se podrá incitar a los menores a la compra de un bien o de un servicio "explotando su inexperiencia o credulidad" ni animarles a que convenzan a sus padres para contratar el servicio anunciado.

La ley impedirá también a las empresas a hacer publicidad falsa de productos que mejoren las condiciones de salud de los consumidores o que curen determinadas deficiencias o enfermedades, ya que "si eso es falso no se debe anunciar", explicó Fidalgo.

Según el portavoz socialista, algunos grupos han pretendido esta trasposición para modificar parte del actual ordenamiento jurídico en otros ámbitos, como en el caso de ERC, que introdujo una enmienda para limitar los anuncios de prostitución sólo a medios especializados en la materia.

Por su parte, el PP criticó que no se haya aprovechado para modernizar el perfil de los consumidores y haberles protegido de otras prácticas que consideran "abusivas" en la actualidad, explicó la diputada Nadal citando el caso de los contratos hipotecarios.

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