Por Redacción - 16 Abril 2018
El Canon AEDE ha sido uno de los movimientos estrella de los medios de siempre en los últimos años. Los medios tradicionales habían hecho lobby contra todos los servicios de agregación de noticias que usaban links, en un movimiento dirigido a Google y que quería conseguir que Google les pagase una tasa por Google Noticias.
La norma se aprobó hace unos años, en un movimiento que despertó una gran polémica, y Google cerró Google Noticias (fuente de tráfico para los medios en cuestión). Ahora, pocos años después, el canon podría haberse quedado en papel mojado porque uno de sus elementos estrella ha sido tumbado por el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo ha declarado que la metodología que se emplea para calcular lo que cada página web tendría que pagar por los links que publica es nula. La decisión llega tras un recurso interpuesto por la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas (CRUE).
La CRUE atacó la tasa partiendo de un defecto de forma. El organismo señaló que a la hora de determinar la norma y la tasa no se había tenido en cuenta el impacto que esta podría tener en las familias numerosas. Una familia numerosa no podría afrontar el pago de la tarifa si la norma se les llegase a aplicar a ellos.
Por ahora, el canon no se ha aplicado a usuarios finales y las autoridades de gestión de derechos solo han intentado cobrárselo a agregadores de noticias, pero el hecho de que esto pudiese pasar da la clave para hacer que la normativa sea nula.
¿Qué impacto tendrá esta decisión? Según explican en Dirconfidencial, la sentencia ha dejado sin efecto y sin recurso a la ley de 2015. Por tanto, Cedro no podría cobrar a Menéame (a quien reclamaron hace unos meses 15.000 euros en el primer año de pago y el 7% de los ingresos anuales posteriores y que el agregador se negó a desembolsar) ni tampoco a Axel Springer (con quien habían llegado a un acuerdo antes de lanzar su propio agregador).