Por Redacción - 20 Marzo 2014
La Asociación de Usuarios de la Comunicación ha pedido a los grupos parlamentarios en el Senado la aprobación de una enmienda a la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, actualmente en tramitación en la Cámara Alta, que prohíba la publicidad de los cigarrillos electrónicos al mismo nivel que la del resto de los productos del tabaco, tal y como recoge la Directiva comunitaria aprobada con el acuerdo de la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo.
Ello significa ir más allá de lo que se recoge en el texto del Proyecto de tal y como se aprobó en el Congreso, que se limita a restringir la publicidad de cigarrillos electrónicos y de sus envases de recarga en determinadas horas y en determinados soportes, atendiendo a la protección del menor.
AUC recuerda que, salvo aquellos dispositivos que puedan justificar su regulación como medicamento de uso humano o productos sanitarios, el resto de “dispositivos susceptibles de liberalización de nicotina y productos similares” deberían cumplir el artículo 9 de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Según ese artículo, queda prohibido el patrocinio de los productos del tabaco, así como toda clase de publicidad, y promoción de los citados productos en todos los medios y soportes, incluidas las máquinas expendedoras y los servicios de la sociedad de la información, con determinadas excepciones muy restringidas (revistas y presentaciones en el ámbito profesional, publicaciones de países terceros, publicidad en los establecimientos). Se prohíbe también que los presentadores, colaboradores e invitados de los programas televisivos aparezcan utilizando los productos o mencionando o mostrando sus marcas.